El Banco Central dispuso la creación del «alias CBU» que permitirá asociar un seudónimo a cada una de las Claves Bancarias Uniformes.
Con el objetivo de facilitar las transferencias a través de Internet o desde el celular, el Banco Central dispuso la creación del «alias CBU» que permitirá a los usuarios asociar un alias a cada una de sus Claves Bancarias Uniformes (CBU).
La operatoria será de cumplimiento obligatorio el primer día hábil siguiente al vencimiento de un plazo de 120 días corridos desde este martes.
Disponible en banca por Internet y en banca móvil, el «alias CBU» permitirá al cliente bancario incorporar un seudónimo a cada una de sus claves bancarias uniformes (CBU), y así al informar sus datos a un emisor de transferencia o generador de pago, sólo deberá indicar el alias previamente asignado a la cuenta en la que desee recibir la transacción.
Por su parte, el emisor de la transferencia o el generador del pago, a través de los respectivos aplicativos para llevar a cabo su gestión, deberá ingresar el alias de la cuenta receptora para su realización, sin necesidad de indicar la CBU correspondiente.
Los alias deberán tener una longitud máxima de 14 caracteres, sean letras, números o ambos. Su función será la de referenciar una cuenta bancaria mediante la utilización de un código simple de transmisión de persona a persona, que se encontrará vinculado de forma unívoca con una CBU/cuenta.
Los usuarios alcanzados serán personas humanas y jurídicas, titulares de cajas de ahorro y cuentas corrientes en entidades financieras; y las cuentas alcanzadas, cajas de ahorro y cuentas corrientes habilitadas a efectuar transferencias.
La carga y actualización de los alias por parte de los clientes bancarios mediante la banca por Internet y la banca móvil y los aplicativos para la gestión de pagos y/o transferencias mediante el uso del alias deberán encontrarse disponibles todos los días, durante las 24 horas.