Además sostienen que es suficiente para autorizar a los niños a realizar la actividad física prevista dentro de la escuela.
El coordinador del Nodo de Salud Reconquista, Raúl Medina, mantuvo una reunión con la titular de la Región II de Educación, Lucía Escobar, donde acordaron lineamientos de trabajo para el manejo de Carné de Salud de niños en edad escolar.
«El Carné de Salud Escolar figura entre los requisitos obligatorios para la inscripción a la escuela -sea pública o privada- de los niños, siendo el mismo el único documento sanitario que la escuela debe solicitar sólo a alumnos de Sala de 5 años, 1er. Grado y 6to. Grado», contó Medina tras el encuentro.
A su vez explicó que «el llenado del carné lo debe realizar el pediatra de cabecera del niño, equivale al control de salud integral y de rutina del niño en edad escolar, e incluye pruebas habituales que debe realizar el pediatra en el consultorio y solamente derivar a especialistas si así lo requiriera cada caso en particular. No hace falta otro certificado, por ejemplo para Educación física, de un estudio cardiológico, salvo que el médico luego de evaluar al niño o niña solicite estudios complementarios».
Con respecto al alcance del mismo, el Coordinador de Salud aclaró que «el carné está dirigido a lograr un verdadero control de salud con un enfoque integral y es válido por un año. La idea de base es la prevención y el tratamiento precoz de un problema de salud. Salud Escolar normatizó este control en la toda provincia con el objetivo de que se unifique y se permita detectar a tiempo problemas que impidan el desarrollo normal del niño en esta etapa. Para ello implementó un único carné, que ya incluye un ítem para aptitud física, por lo que no es necesario que se expida otro certificado. La solicitud de análisis o estudios complementarios estará a cargo del médico, es decir, según cada caso. El carné completo y actualizado es suficiente para autorizar la actividad física curricular, no competitiva, no necesitando para tal fin otros estudios complementarios, salvo en el caso que lo solicite el médico», remarcó.
Por último, Medina señaló que «todos los exámenes solicitados por el carné deberán ser realizados por el/la profesional que habitualmente controla al niño/a, sea de la salud pública o privada, quien efectuará las derivaciones correspondientes (ejemplo: fonoaudiología, oftalmología, etcétera) en caso de considerarlo necesario».