«El nuevo sistema procesal democratizó la Justicia penal»

A cuatro años de vigencia de su puesta en funcionamiento, el fiscal General consideró que “todavía estamos en la etapa fundacional”. Afirmó que el MPA y la Defensa penal deben ser entes independientes, autárquicos y autónomos. Y advirtió que en caso que las fiscalías comiencen a tener competencia en Menores, en Faltas y en narcomenudeo, deberán tener los recursos necesarios.

-¿Está consolidado el nuevo sistema procesal penal de la provincia?
-Todavía estamos en la etapa fundacional de una transformación institucional que es irreversible. la nueva Justicia penal significó la constitucionalización del proceso penal en la provincia de Santa Fe. Como toda modificación de esta envergadura, al principio hubo dificultades. Sin embargo, paulatinamente se fueron atenuando y los resultados alcanzados por el MPA muestran mejoras sustanciales en comparación con el anterior sistema de Justicia. Además, democratizó la Justicia penal a partir de, entre otras cuestiones, una redistribución del poder entre nuevos actores. Sólo un ejemplo basta para mostrar este cambio: los cargos de conducción del MPA y del Servicio Público Provincial de la Defensa penal (SPPDP) son de duración temporal limitada.

-¿Y a futuro?
-el MPA es el verdadero motor del sistema y, en el caso santafesino, el protagonista del cambio. Por eso es indispensable que al igual que el SPPDP sea un ente independiente, autárquico y autónomo funcional y administrativamente. Todas estas cualidades sólo podrán ser logradas a través de una reforma de la Constitución Provincial.

También a futuro es muy importante el Organismo de Investigaciones, con el que se profesionalizará la investigación penal. Su creación y puesta en marcha será fundamental para la persecución penal de los hechos que se afirman delictivos.

-¿Lo ve factible?
-No lo sé, de eso se ocupa la política. Lo que sí puedo decir es que en los cuatro años de funcionamiento que llevamos, cumplimos con los objetivos del primer Plan de Desarrollo Institucional (PDI) que se elaboró en la gestión del fiscal General anterior, Julio de Olazábal. Y para mi gestión, diseñamos un nuevo PDI en el que establecimos las metas a cumplir hasta 2023. Lo mas significativo es que tenemos la posibilidad de planificar estratégicamente y lo hacemos a partir del debate y el consenso con los fiscales de toda la provincia.

-A pesar de los cambios en el sistema procesal, los índices delictivos se mantienen…
-Es un error cargarle a cualquier sistema procesal penal la prevención del delito. En todo el mundo, los fiscales actúan cuando los hechos ya fueron cometidos. Por eso es que la persecución penal debe ser comprendida como un complemento de las tareas de prevención que realiza la policía. Más allá de esto, es innegable que la realidad muestra índices delictivos que siguen siendo altos. No obstante, hay algunos indicios de mejoras. Esto no implica el cese de la violencia, pero sí son signos positivos. Los homicidios, que son uno de los delitos que causa mayor impacto en la sociedad, vienen en paulatino descenso en la provincia: de 460 que hubo en 2014, pasamos a 295 en 2017.

Cambios

-¿Tiene relevamientos de la performance del MPA?
-el índice de individualización formal de los presuntos autores de homicidios es de 65%, que es el mismo porcentaje que tienen países como Estados Unidos y que la Organización de Naciones Unidas establece como referencia.

Hay otro dato que también es muy significativo y muestra resultados concretos de la actuación del MPA: la cantidad de personas privadas de su libertad en la provincia. En 2014, eran 4560, mientras que el año pasado el número se elevó a 5442. el crecimiento de este indicador evidencia que el sistema penal de Justicia está actuando.

-¿Qué le dicen las víctimas?
-la atención de las personas que sufrieron un delito es uno de los ejes en los que se basa mi gestión. Estamos logrando que las víctimas y sus familiares tengan participación en las investigaciones, sus opiniones están siendo escuchadas y se les está dando las explicaciones pertinentes. Estamos trabajando en el establecimiento de estándares de atención que fijen pautas de actuación que los fiscales deben respetar y hacer respetar en las audiencias y en todos los ámbitos.

En general, la persona que sufrió un delito está enojada, angustiada, desilusionada. Y tiene razón. A cualquiera de nosotros nos pasaría lo mismo. No obstante, pasadas las primeras horas del hecho, la mayoría entiende y acepta cómo funciona el sistema. Los fiscales y distintos actores del MPA (empleados; funcionarios; peritos) establecen un contacto cara a cara con las víctimas o con sus familiares, y esto es fundamental. Esta modalidad permite celeridad y, sobre todo, transparencia.

-Sin embargo, queda la sensación que el Poder Judicial está alejado de la gente.
-Esa es una afirmación que hay que desnaturalizar. la ciudadanía tiene motivos para sentir esa distancia; sin embargo, también somos muchos los que impulsamos con fuerza lo nuevo y queremos dotar de transparencia, celeridad y publicidad a los tribunales. Ese es el espíritu del nuevo sistema procesal penal y de lo que se trata es de garantizar el acceso a la Justicia. En ese marco es que, por ejemplo, uno de mis proyectos consiste en descentralizar las fiscalías e instalar dependencias en los barrios de las grandes ciudades, de manera tal que tanto las víctimas como los testigos no tengan que trasladarse al centro.

-¿Lo mismo podría implementarse en ciudades que no tengan sedes del MPA?
-Exactamente. Ya iniciamos los contactos con los distintos actores institucionales. En los primeros meses de gestión recorrí los centros territoriales de Reconquista, Avellaneda, Esperanza, San Javier y Casilda.

-¿Tiene la estructura y los recursos para lograrlo?
-Estamos permanentemente detrás de más recursos para avanzar en el tema. Por eso es que iniciamos conversaciones con distintos municipios y comunas. Ellos son los que tienen un termómetro de lo que pasa en que cada ciudad y en cada pueblo. Y estoy convencido que a partir del trabajo conjunto podremos ir resolviendo los conflictos. En definitiva, se trata de darle soluciones a los vecinos que sean lo más justas posible.

Juicio abreviado

-Para quienes son ajenos al sistema judicial, la expresión “juicio abreviado” tiene una connotación negativa. la posibilidad de no llegar a un juicio oral y público genera la sensación que se podría haber hecho algo más en la investigación. ¿Por qué cree que pasa esto?

-En este tema hay un problema semántico que es necesario aclarar. Hay muchos términos del mundo jurídico que se utilizan en la vida cotidiana, y no siempre se les da el uso y el significado que tienen en una ley o en un Código. el caso del “juicio abreviado” es un buen ejemplo. En realidad, sería más preciso llamarlo “juicio en el que se abrevian los procedimientos”. O sea, el caso que se resuelve a través de un abreviado, es una investigación en la que hay un fiscal acusando, un defensor defendiendo y un juez imparcial. Lo que varía es la posibilidad que ofrecen estos juicios de llegar a una sentencia de una forma más rápida. Pero además, nunca debe perderse de vista que los fiscales, antes de llegar a la sentencia en un abreviado, deben tener por escrito el consentimiento de la víctima. Es decir, el juicio en el que se abrevian los procedimientos no es un enemigo ni una forma inadecuada de obtener condenas. Por el contrario, se trata de una herramienta eficaz para evitar juicios orales en casos en los que la culpabilidad del imputado es evidente. Fomentar un debate oral no haría más que ocasionar un costo altísimo al erario público. Sin embargo, no debe soslayarse que el juicio oral y público es un derecho del imputado, y el sistema no puede prescindir de su realización.

-¿Qué opina del juicio por jurados?
– Es trascendente para consolidar un sistema pluralista en el cual el juzgamiento sea dispuesto por los pares. Por lo cual, es necesario instar a los poderes Ejecutivo y Legislativo para la sanción e implementación de una ley acorde a estas necesidades.

Faltas, Menores, narcomenudeo

 Hay algunas materias que en la actualidad no son competencia del MPA, sin embargo, se discute la posibilidad de que pasen a su órbita: Faltas; Menores y las causas anteriores a febrero de 2014 que todavía están siendo investigadas en el marco del denominado sistema conclusional.
-Con la sanción del nuevo Código procesal penal, el MPA tiene una competencia limitada: sólo interviene en la comisión de delitos no de faltas cuando fueron cometidos por personas mayores de 18 años. Por otra parte, no puede obviarse que los procesos de Faltas y de Menores tal como están funcionando en este momento en la provincia son inconstitucionales. Tienen los mismos defectos que el inquisitivo sistema que estuvo vigente hasta febrero de 2014 para los mayores de edad que cometían delitos. Por lo tanto, el poder político deberá tomar decisiones al respecto. En caso que se concrete la transferencia de Menores y de Faltas y del sistema conclusional, deberá darse una vez que estén garantizadas las condiciones estructurales para que no colapsen el MPA, la Defensa y el sistema en general.

-¿Y la investigación de casos de narcomenudeo?
-Más allá de las discusiones en torno al tema, todo lo que hace a la comisión de delitos relacionados con los estupefacientes en la actualidad corresponde a la jurisdicción federal. Sin embargo, hay delitos en los que tiene competencia la justicia provincial que están íntimamente vinculados al narcomenudeo. la única manera de realizar una persecución penal acorde es asumiendo está problemática a partir de un trabajo conjunto. el acuerdo que firmó el MPA con la Procuración General de la Nación es un ejemplo de esta alternativa, que permite identificar los delitos de comercio de estupefacientes y los delitos comunes conexos. Se trata de establecer núcleos comunes de investigación para generar mapas de delito y establecer intervenciones en forma conjunta, lo cual evita que se frustren o afecten investigaciones que sin saberlo se pueden estar trabajando paralelamente y además se logra una actividad potenciada y no aislada

Polémica

“Uno de los principios básicos que estructura el Derecho es que la Constitución Nacional está por encima de las leyes. Y las modificaciones aprobadas por la Legislatura contradicen lo establecido en el artículo 120 de la Constitución Nacional. Más claro no puede ser”. Sobre las reformas a las leyes 13013 y 13014, con respecto al control disciplinar de fiscales y defensores.