Todo el procedimiento se realizará a través del sitio web de la AFIP, y la extensión de los plazos para acceder al programa ATP pretende garantizar la inscripción de la totalidad del universo de potenciales empleadores alcanzados.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy la reapertura de la inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia para el Trabajo y la Producción (ATP), en la que podrán anotarse los empleadores que aún no lo hicieron y realizar las rectificaciones requeridas a las compañías que resultaron observadas durante el primer registro que finalizó el jueves pasado.
Lo hizo a través de la resolución general 4702/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, que precisó que los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de salarios en el marco de la emergencia sanitaria tienen tiempo hasta el jueves próximo inclusive para registrarse.
Todo el procedimiento se realizará a través del sitio web de la AFIP, y la extensión de los plazos para acceder al programa ATP pretende garantizar la inscripción de la totalidad del universo de potenciales empleadores alcanzados.
La reapertura excepcional de la registración también permitirá a los contribuyentes que ya se inscribieron rectificar la información económica suministrada. Las empresas que deban subsanar los errores incurridos en la carga de los datos, serán notificadas por el organismo a través de su domicilio fiscal electrónico.
En todos los casos, la información solicitada por el sistema corresponde a los ingresos facturados entre los días 12 de marzo y el 12 de abril de 2019 y 2020.
La AFIP recordó que todos los empleadores, tanto los que ya se registraron como aquellos que lo hagan hasta el 23 de abril, deberán informar la CBU de sus trabajadores y el código del convenio colectivo de trabajo al que pertenecen.