La Cámara Comercial de Reconquista rechazó un pedido para apartarlo, basado en que hace años fue empleado del Banco Nación. En ese fuero, esa causa no es suficiente.
En medio de los embates del gobierno nacional y de la provincia de Santa Fe para que acepte reponer a los interventores designados por Alberto Fernández y que él decidió soslayar al rol de «veedores informantes», el juez comercial Fabián Lorenzini tuvo un fuerte respaldo este lunes, cuando la Cámara comercial de Reconquista lo confirmó al frente del concurso de acreedores del gigante cerealero Vicentin.
Uno de los acreedores privados reconocidos en el concurso lo había recusado por supuesta imparcialidad, debido al «el vínculo profesional de más de 20 años con el acreedor más importante dentro del concurso, el Banco de la Nación Argentina». Pero la Cámara en lo Civil y Comercial de Reconquista rechazó apartar a Lorenzini, recordando que «en los concursos civiles y comerciales los jueces sólo son recusables cuando medie causa legítima con el síndico o el deudor, carácter que no reviste el Banco de la Nación Argentina».
La compañía La Clementina es uno de los 2.638 acreedores de Vicentin. En sus argumentos para que Lorenzini sea reemplazado, adujo que el juez trabajó para el Banco Nación, y que por eso podría perder imparcialidad «a la hora de pronunciarse, por ejemplo, sobre la verificación del crédito del Banco, sobre un eventual incidente de revisión, sobre hipotéticas acciones de responsabilidad contra funcionarios de la entidad bancaria».
Estos planteos fueron rechazado por el juez, quien consideró la presentación «extemporánea, improcedente e infundada», y que su antigua relación laboral con el Banco Nación «no constituye motivo alguno de recusación». Por ello elevó el reclamo para que lo resuelva la Cámara en lo Civil y Comercial, que interviene en el caso. El tribunal de apelaciones le dio la razón.
Recordemos, la entidad oficial es la principal acreedora de la cerealera, con préstamos por 18.500 millones de pesos cuya legalidad también se investiga en el fuero federal porteño.
El pasivo exigible de Vicentin se determinará una vez que se verifiquen todos los créditos. Cada uno de los acreedores tiene tiempo hasta agosto para presentar en el juzgado de Lorenzini la documentación que respalde sus supuestas acreencias. Todo será evaluado por el juez, quien en un plazo de 60 a 90 días determinará a cuánto asciende la deuda final de la compañía.
La Clementina ya había pedido la incompetencia de Lorenzini en otro momento del proceso, «sin haber señalado los argumentos que ahora la inquietan». Pero además, señaló el juez que la recusación -es decir, apartarlo del concurso- debió hacerse de otra manera, ya que «sólo el deudor o el síndico tienen legitimación para recusar al juez concursal». De lo contrario -prosiguió- «se atentaría contra el carácter universal del proceso concursal». El magistrado planteó un argumento más: la única excepción a aquella regla estaría dada en la posibilidad de excusación en caso de parentesco del juez con un pretenso acreedor.
Además de respaldar a Lorenzini, la Cámara Comercial de Reconquista también avaló su decisión de crear un incidente aparte sobre el pedido de La Clementina para «no obstaculizar la marcha» del concurso, ya que un incidente de recusación suspende el trámite principal. El juez hizo lo mismo con las presentaciones de la provincia de Santa Fe para reponer a los interventores designados por Alberto Fernández, a quienes él desplazó del control de Vicentin. Esos reclamos se tramitan en un expediente separado del trámite del concurso de acreedores.
Respecto a la cuestión central, los camaristas señalaron que en un proceso concursal «en el cual participan gran cantidad de personas interesadas, el criterio para la recusación debe ser estricto, siendo acertada su limitación a cuando exista causal con alguno de los síndicos o con el deudor, por la relevancia y necesariedad que tienen éstos en el proceso».