El flebólogo de Reconquista tiene ocho denuncias en su contra por abuso sexual. En esta oportunidad, se le inhibieron los bienes.
Hubo un nuevo avance en el caso que involucra al médico Pablo Gazze, acusado de abuso sexual. El juez de la investigación penal Santiago Banegas resolvió disponer la inhibición general de bienes del médico Pablo Gazze. Podrá ser sustituida por el ofrecimiento de bienes libres en embargo hasta cubrir la suma de $3.000.000.-
Dicha medida cautelar será inscripta librándose los oficios a los registros pertinentes una vez que fuere constituida la contracautela por parte de los querellantes en la suma de $750.000.-, depositando dicho importe en una cuenta a abrirse a la orden del tribunal, o bien ofreciendo bienes registrables libres de todo gravamen en su lugar.
La inhibición general abarca los registros de la propiedad de inmuebles, automotores y en el Registro Público de Comercio.
La audiencia -realizada el viernes 20 de noviembre de 2020- fue solicitada por los abogados Eduardo Dolan y Adolfo Maggio. Lo hicieron en representación de cuatro de las víctimas, a lo que adhirió otro abogado querellante por otra víctima, Dr. Andrés Ghio. Tambuién el fiscal Juan Marichal. Todos coincidieron en la necesidad de asegurar que el sospechoso no pueda transferir todos sus bienes. Es una forma de que las víctimas puedan ser indemnizadas en caso de condena.
El defensor Gabriel Baucero se opuso a la medida, sin suerte; aunque logró que al menos el juez imponga la contra-cautela para garantizar la medida solicitada. Para el magistrado, la inhibición “se asemeja a la muerte civil” de Gazze.
En su petición, en audiencia oral y pública, el abogado Dolan explicó que la inhibición general de los bienes no le impedirá al imputado continuar con el giro diario de sus actividades.
Sospechas
El Dr. Dolan pidió al juez que tenga en cuenta que hasta la realización del juicio puede pasar un tiempo largo. Habría llegado a conocimiento de las damnificadas que se podrían transferir bienes del imputado. Por lo que consideró procedente una medida cautelar en ese sentido, tal como lo establece la ley, para asegurar la reparación del daño a las víctimas, a los fines de poder reparar el daño causado. De no tomarse esta medida, las víctimas podrían sufrir el vaciamiento del patrimonio del imputado, remarcó; y ofreció una contra-cautela juratoria, a la que el juez le pareció insuficiente, y exigió la garantía de $750.000.- “La simple promesa jurada no alcanza para reparar eventuales daños de una petición sin derecho”, había advertido el Dr. Baucero.