A ocho días de su promulgación por parte del presidente Alberto Fernández, la norma que legaliza el aborto entra en vigencia en todo el país.
Desde las 00 horas del domingo, Argentina integra oficialmente la lista de países donde el aborto es legal ya que entra en vigencia la Ley 27.610 de Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), un reclamo histórico del feminismo que ahora solicita que se garantice su cumplimiento efectivo.
Su aplicación es «inmediata», recalcó la ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, ya que se hace efectiva luego de ocho días transcurridos desde su promulgación por parte del presidente Alberto Fernández, el último 15 de enero, mediante el Decreto 14/2021.
El Gobierno recordó hoy que la entrada en vigencia de la IVE implica, entre otras cosas, que «los servicios públicos de salud, las obras sociales nacionales y provinciales, las entidades y empresas de medicina prepaga» deben incorporar «la cobertura integral y gratuita de esta práctica».
En un hilo de posteos en Twitter sobre los alcances de la norma que entra en vigencia este domingo, la Casa Rosada también informó en su cuenta @CasaRosada que cualquier «problema, negativa u obstáculo para acceder a la IVE» puede ser reportado al número gratuito 0800-222-3444 de lunes a viernes de 9 a 21 y los fines de semana y feriados de 9 a 18.
Los flyers publicados también reafirman que a partir de ahora la interrupción voluntaria del embarazo es legal en Argentina y que la ley no requiere «adhesiones provinciales ni reglamentación para entrar en vigencia».
El posteo también resume los derechos consagrados por la ley para las mujeres y personas con capacidad de gestar: a decidir y acceder a la IVE hasta la semana 14 del proceso gestacional, no habiendo límite de tiempo en el caso de que el embarazo sea producto de una violación o si estuviera en peligro la vida de la persona gestante.
El hilo recuerda que el único requisito para el acceso a la práctica es la firma de un «consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito».
«La ley establece un plazo máximo de 10 días corridos desde el requerimiento para acceder a la práctica en los sistemas del servicio de salud o con su asistencia», agregó. La Casa Rosada resaltó también que la norma incluye otras prestaciones, tales como «información sobre procedimientos y cuidados posteriores, atención de la salud durante todo el proceso, información y provisión de todos los métodos anticonceptivos disponibles».