La ordenanza había sido sancionada el 4 de noviembre.
El Ejecutivo Municipal vetó la ordenanza mediante la cual se autoriza a la contratista, Marcos Ibáñez, a llevar adelante una serie de reparaciones en el edificio del Concejo Municipal.
Una de las observaciones que hizo el Ejecutivo fue que «no cuenta con capacidad técnica adecuada para llevar adelante la obra». Asimismo, el contratista indicó domicilio en calle Jorge Ñewbery al 2100, «lugar donde en realidad funcionarían otras dos firmas: Horizonte S.R.L. y Constructora del Sol S.R.L, sobre ésta última pesa un apremio fiscal municipal relacionado a deuda de Derecho de Registro e Inspección por $37.000».
El informe del veto de la ordenanza indica que «Marcos Leonel Ibáñez se encuentra como deudor del Banco Galicia y el Banco BBVA Argentino, lo que indica que sería contribuyente de alto riesgo de insolvencia».
Además, «el contratista resulta ser dependiente de la Honorable Cámara de Senadores lo cual a todas luces resulta un impedimento ante un hecho de incompatibilidad».
En síntesis, lo que el Ejecutivo Municipal hizo fue observar totalmente (vetar) la ordenanza Nº 8772 sancionada el 4 de Noviembre de 2021 y requirió al Concejo Municipal «ceñirse la Régimen de Contrataciones vigente»