Santa Fe se prepara para una reforma constitucional histórica: ¿qué 42 artículos están en juego?

Este domingo 13 de abril, la provincia de Santa Fe vivirá una jornada electoral trascendental; se elegirán 69 convencionales encargados de llevar adelante  la primera reforma parcial de la Constitución provincial desde 1962. La iniciativa, impulsada por la ley 14.384 sancionada en diciembre de 2024, busca modernizar y adaptar la carta magna a las necesidades actuales de la sociedad santafesina.  

 

¿Qué se propone modificar? Los 42 artículos, uno por uno

La reforma contempla la revisión de 42 artículos de la Constitución vigente, con el objetivo de incorporar nuevas garantías, derechos y mecanismos institucionales.

Principios y Derechos (13 artículos)

  • Reconocimiento de tratados internacionales con jerarquía constitucional. Otorga rango constitucional a tratados internacionales de derechos humanos, asegurando su cumplimiento en la provincia.

  • Estado laico: se elimina la confesionalidad del Estado. Esto significa que se establece la neutralidad religiosa del Estado, suprimiendo toda relación institucional con cultos particulares.

  • Principios tributarios: legalidad, equidad, progresividad y responsabilidad fiscal. Se fijan reglas claras para el sistema impositivo: los impuestos deben ser establecidos por ley, justos en su distribución, adaptarse a la capacidad económica de cada contribuyente y usarse de manera responsable por parte del Estado.

  • Habeas corpus y garantías: adaptación a estándares nacionales e internacionales. Actualiza las garantías procesales para proteger la libertad individual según normas de derechos humanos.

  • Derechos de niños, niñas y adolescentes. Reconoce y protege integralmente los derechos de la infancia con perspectiva de interés superior del niño.

  • Acceso al agua potable como derecho fundamental.

  • Derecho a la ciudad: desarrollo urbano sostenible.

  • Derecho a la información y transparencia. Asegura el acceso libre a la información pública y promueve la rendición de cuentas de los funcionarios.

  • Protección de datos y derechos digitales. 

  • Igualdad y no discriminación. 

  • Derechos laborales actualizados.

Poder Legislativo (3 artículos)

  • Ampliación del período de sesiones ordinarias. Extiende el tiempo de trabajo legislativo para una actividad parlamentaria más constante y eficaz.

  • Voto joven desde los 16 años en elecciones locales.

  • Eliminación de fueros parlamentarios. En pocas palabras, quita inmunidades especiales a legisladores para fortalecer el principio de igualdad ante la ley.

Poder Ejecutivo (3 artículos)

  • Reelección limitada: hasta dos mandatos consecutivos para cargos ejecutivos (gobernador, legisladores e intendentes). Un artículo contradictorio porque es el corazón de la reforma, ya que promueve la reelección del gobernador, al mismo tiempo que limita a los senadores (quienes están atrincherados, al parecer).

  • Residencia obligatoria en la provincia para legisladores.

  • Reducción del número de ministros para mayor eficiencia.

Poder Judicial (7 artículos)

  • Ampliación de la Corte Suprema a 7 miembros con paridad y representación regional. 

  • Nuevo sistema de selección de jueces mediante Consejo de la Magistratura. Incorpora un órgano plural que elige jueces con criterios de idoneidad y transparencia.

  • Inamovilidad judicial con límite etario (75 años + 5 con acuerdo legislativo).

  • Reforma del proceso de remoción de jueces con Tribunal de Enjuiciamiento. Crea un sistema más ágil y objetivo para juzgar la conducta de magistrados.

  • Autonomía del Ministerio Público (Fiscalía y Defensa). Otorga independencia funcional a fiscales y defensores, reforzando su rol constitucional.

  • Nuevo régimen disciplinario judicial. Actualiza las normas para sancionar faltas de magistrados y empleados judiciales.

  • Competencia de la Corte Suprema en conflictos institucionales. Amplía las atribuciones del máximo tribunal para resolver disputas entre poderes públicos.

Autonomía Municipal (7 artículos)

  • Organización municipal universal, según criterios poblacionales y funcionales.

  • Autonomía plena: política, económica, institucional. Reconoce a los municipios como gobiernos con plena capacidad de autogestión.

  • Cartas orgánicas locales. Permite a cada municipio redactar su propia norma institucional, adaptada a sus necesidades.

  • Mandatos municipales alineados con los provinciales. Sincroniza los calendarios electorales para optimizar recursos y fortalecer la democracia.

  • Renovación parcial de concejos en municipios grandes, tal como viene sucediendo hasta ahora. Se renueva la mitad de los concejos cada dos años. 

  • Constitución de regiones y cooperación intermunicipal.

  • Coparticipación clara y recursos garantizados.

 

¿Cómo será la elección?

El proceso electoral se desarrollará en simultáneo con las PASO municipales y comunales. Se elegirán 69 convencionales: 50 mediante un sistema de representación proporcional en un distrito único, y 19 por circunscripción uninominal, uno por cada departamento. Las listas de candidatos fueron conformadas respetando la paridad de género y se utilizará el sistema de Boleta Única.

Una vez electos, los convencionales se reunirán en la ciudad de Santa Fe en una Convención Reformadora que deberá concluir su labor en un plazo de 40 días, prorrogables por 20 días más si así lo decide la mayoría absoluta.

 

Un poco de historia

La Constitución provincial vigente fue sancionada el 14 de abril de 1962, en un contexto político complejo. Desde entonces, no ha sido modificada, lo que convierte a esta reforma en una oportunidad única para actualizar el marco legal que rige la vida institucional de Santa Fe.

 

 Participación ciudadana: clave para el futuro 

La reforma constitucional no es solo un asunto de legisladores y convencionales; es una invitación a toda la ciudadanía a involucrarse en el debate sobre el futuro de la provincia. Informarse, debatir y votar son acciones fundamentales para construir una Santa Fe más democrática, justa y moderna.